Cuando llega la hora de pensionarse, recuerda que existen dos maneras de hacerlo: mantener tu ahorro en la AFP optando por pensión bajo la modalidad de Retiro Programado, o entregar tu ahorro a una compañía de seguros de vida a cambio de recibir una Renta Vitalicia (ver artículo).
Cuando has optado por el retiro
programado, tu fondo de pensiones seguirá siendo administrado por la AFP, es
decir que continúa generando rentabilidad, y con el tiempo se irá consumiendo
mientras recibes tu pensión.
Es por esta situación que cada año se
recalcula el monto de pensión al que tendrás derecho por los siguientes 12
meses.
¿Cómo
se realiza el cálculo?
Cuando te pensionas, la AFP suma todos
los ahorros que tengas para tu pensión, tales como:
- Saldo de tu cuenta de capitalización individual
- Saldo de ahorros voluntarios que decidas destinar a la pensión
- Saldo de depósitos convenidos y/o de ahorro previsional voluntario colectivo
Para calcular la pensión que recibirás
cada año, la ley define una serie de normativas que ayudan a garantizar
transparencia y equidad en el proceso. En este cálculo se consideran variables
como la suma de tu ahorro a la fecha, el valor de la UF, el valor cuota de los
fondos, las tasas de interés, etc.
Una vez que se calcula el valor para el
siguiente año, éste se divide en 12 pagos para determinar el monto mensual de
tu pensión, que será un monto fijo en UF.
Este proceso se repite año a año, hasta
que hayas agotado tu ahorro previsional.
¿Qué
factores hacen variar la pensión?
Existen distintos factores que pueden
variar tu pensión en el recalculo, tales como:
·
Edad del
afiliado
·
El saldo
total de ahorro que tenga el afiliado al momento del cálculo
·
La tasa de
interés que se aplica a las pensiones definida por la Superintendencia de
Pensiones.
·
Número de
beneficiarios de pensión: a menor cantidad de beneficiarios de pensión y/o
mayor edad de ellos, mayor será la pensión calculada en un año determinado. Son beneficiarios de pensión la(el) cónyuge,
el o la madre de hijos menores de 24 años que sean solteros y estén estudiando,
y los hijos inválidos cualquiera sea su edad, siempre que la invalidez se haya
declarado antes de los 24 años.
Recálculos Extraordinarios
Además del recalculo
anual, existen algunos recálculos extraordinarios que se efectúan cuando se
produce alguno de los siguientes acontecimientos:
·
Ingreso de
fondos por liquidación o reliquidación del Bono de Reconocimiento.
·
Traspaso
de recursos de Planes de Ahorro Previsional Voluntario Individual o Colectivo,
Depósitos Convenidos, Cotizaciones voluntarias destinadas a pensión, Cuenta de
afiliado voluntario y Ahorro Voluntario.
·
Sacar
fondos por pago de Excedente de Libre Disposición, después de iniciado el pago
de pensiones.
·
Modificación
de las características de los beneficiarios, como fallecimiento, declaración de
invalidez, acreditación de un nuevo beneficiario o pérdida de la calidad de
tal, como por ejemplo en el caso de declararse el divorcio del afiliado.
·
Ingreso de
una bonificación por hijo nacido vivo, siempre que la afiliada lo solicite.
Como ves el recalculo de tu pensión lo
que resuelve es evaluar cada año como tu situación cambia intentando que recibas
la mejor pensión posible después de haber trabajado tantos años.
Recuerda que el proceso lleva cálculos y fechas específicas, para lo que puedes averiguar más en tu AFP, en la Superintendencia de Pensiones o continuar aprendiendo en nuestro blog.